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	<title>Gam A. Shimray Archives - Debates Indígenas</title>
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	<description>Revista digital que se propone abordar las luchas, conquistas y problemáticas de los pueblos indígenas</description>
	<lastBuildDate>Wed, 07 Oct 2026 04:38:49 +0000</lastBuildDate>
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	<title>Gam A. Shimray Archives - Debates Indígenas</title>
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		<title>¿Quién constituye a quién? Aprendizajes del pueblo Naga sobre las autonomías en Latinoamérica</title>
		<link>https://debatesindigenas.org/2026/10/01/quien-constituye-a-quien-aprendizajes-del-pueblo-naga-sobre-las-autonomias-en-latinoamerica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gam A. Shimray]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Oct 2026 00:50:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autonomía]]></category>
		<category><![CDATA[Autonomía indígena]]></category>
		<category><![CDATA[India]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El reconocimiento constitucional de los Pueblos Indígenas no garantiza por sí mismo el autogobierno. A partir de las experiencias de Bolivia y Ecuador, el artículo examina la relación entre poder constituyente, control territorial, base material y capacidad institucional. La comparación busca identificar qué aprendizajes latinoamericanos pueden contribuir a un eventual acuerdo sobre el autogobierno del pueblo Naga con el Estado indio.</p>
<p>The post <a href="https://debatesindigenas.org/2026/10/01/quien-constituye-a-quien-aprendizajes-del-pueblo-naga-sobre-las-autonomias-en-latinoamerica/">¿Quién constituye a quién? Aprendizajes del pueblo Naga sobre las autonomías en Latinoamérica</a> appeared first on <a href="https://debatesindigenas.org">Debates Indígenas</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>A comienzos de siglo, el Estado Plurinacional de Bolivia y la República del Ecuador emprendieron procesos de transformación constitucional que reconocieron el carácter plurinacional de sus Estados, ampliaron los derechos indígenas y sumaron formas de autonomía de los Pueblos Indígenas. Sin embargo, ese reconocimiento no modificó una cuestión fundamental: el poder de crear o volver a abrir el orden constitucional siguió en manos del conjunto del electorado nacional. Ninguna de las dos constituciones les reserva a los Pueblos Indígenas una capacidad constituyente propia.</p>



<p>El caso del pueblo Naga, que habita en nordeste de India y el noroeste de Myanmar, plantea una dificultad diferente: la reivindicación de una autoridad política que ningún Estado les ha conferido durante décadas, pero que tampoco ha sido traducida en un acto constituyente consolidado. Desde una perspectiva naga, ambos problemas forman parte de una misma cuestión: ¿de dónde proviene la autoridad de un pueblo y cómo puede volver a ejercerla?</p>



<p>Este artículo busca aprender de aquello que los procesos plurinacionales de Bolivia y Ecuador lograron conquistar y, por otro lado, de aquello que no lograron preservar. El análisis no pretende evaluar exhaustivamente esas experiencias, sino identificar algunas condiciones que pueden resultar relevantes para el proceso naga. La comparación tiene, por lo tanto, un propósito concreto: pensar qué debería garantizar un acuerdo de autogobierno para que la autoridad reconocida pueda sostenerse en el tiempo.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="547" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-1-1024x547.png" alt="" class="wp-image-19620" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-1-1024x547.png 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-1-300x160.png 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-1-768x410.png 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-1-1536x820.png 1536w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-1.png 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>En la India y en el noroeste de Myanmar,  la reivindicación de una autoridad política no ha sido conferida ni traducida en un acto constituyente consolidado. <strong>Foto: </strong>Signe Leth / IWGIA</em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Dos experiencias y una misma pregunta</strong></h3>



<p>En 2009, Bolivia se refundó como Estado Plurinacional sobre la base de una Asamblea Constituyente en la que los Pueblos Indígenas participaron como protagonistas. La Constitución reconoció 36 lenguas indígenas, la jurisdicción indígena, las circunscripciones especiales y, lo que se desea pensar en este artículo, la autonomía indígena, como expresión de una autoridad preexistente y no simplemente como una concesión del poder central.</p>



<p>Sin embargo, aquello que fue reconocido no coincidió completamente con aquello que permaneció bajo control estatal. El subsuelo, la renta de los recursos naturales y buena parte del poder fiscal continuaron en manos de la propiedad del Estado. Las autonomías indígenas que se constituyeron quedaron sujetas a procedimientos legales complejos (y extensos) y, en términos generales, dependen de transferencias estatales y tienen escasa capacidad sobre su base económica. La jurisdicción indígena, por su parte, fue restringida posteriormente por la legislación ordinaria.</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p class="destacado pc-only">Los casos de Bolivia y Ecuador muestran, por caminos diferentes, una misma dificultad. El reconocimiento constitucional puede ser importante y, al mismo tiempo, permanecer condicionado por instituciones que los pueblos no controlan.</p>
</blockquote>



<p class="destacado cel-only">La cuestión que interesa al proceso naga es cuánto autogobierno puede reconocer un Estado, quién constituye ese autogobierno y qué condiciones permiten ejercerlo.</p>
</blockquote>



<p>En su caso, Ecuador siguió otro camino. La Constitución de 2008 estableció la plurinacionalidad y la interculturalidad, reconoció la jurisdicción indígena y contempló circunscripciones territoriales indígenas. Pero esa arquitectura institucional no llegó a construirse de manera equivalente a la boliviana: ninguna circunscripción territorial indígena se ha constituido. Allí donde Bolivia construyó y luego restringió, Ecuador declaró sin llegar a construir plenamente.</p>



<p>Los dos casos muestran, por caminos diferentes, una misma dificultad. El reconocimiento constitucional puede ser importante y, al mismo tiempo, permanecer condicionado por instituciones que los pueblos no controlan. Si la autoridad indígena depende de la legislación nacional, de la interpretación judicial ordinaria, de las transferencias fiscales y de la voluntad política del gobierno, la autonomía conserva su forma jurídica, pero pierde capacidad efectiva. En consecuencia, la cuestión que interesa al proceso naga no es solo cuánto autogobierno puede reconocer un Estado, sino quién constituye ese autogobierno y qué condiciones permiten ejercerlo.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="683" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-2-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-19623" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-2-1024x683.jpg 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-2-300x200.jpg 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-2-768x512.jpg 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-2-1536x1024.jpg 1536w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-2.jpg 2048w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>En Bolivia, la Constitución reconoce la autonomía indígena como expresión de una autoridad preexistente, y no simplemente como una concesión del poder central. <strong>Foto: </strong>Alejandro Parellada</em> / <em>IWGIA</em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Un pueblo al que todavía no se le ha pedido ejercer su poder</strong></h3>



<p>Antes del dominio colonial, la autoridad política del territorio ancestral naga estaba organizada por aldeas, que administraban sus tierras, resolvían disputas y se gobernaban mediante sus propias instituciones y normas consuetudinarias. La administración británica incorporó gradualmente esos territorios a distintas jurisdicciones y, en 1947, la transferencia del poder volvió a dividirlos entre India y Birmania (hoy Myanmar). En 1951, se celebró un plebiscito; posteriormente; se produjo un conflicto armado; y, desde 1997, se mantiene un alto el fuego acompañado por un prolongado proceso de negociación.</p>



<p>En 1963, el artículo 371A de la Constitución de India estableció una protección especial para las prácticas religiosas y sociales naga, el derecho consuetudinario y, la propiedad y transferencia de tierras y recursos. En este último aspecto, la Carta Magna protege un régimen comunitario de propiedad, que es anterior al orden constitucional indio. Pero es un resguardo, no un fundamento: forma parte de la Constitución de India y opera a través de una Asamblea Legislativa estatal. Por lo tanto, no crea la institución naga que reconoce ni constituye la fuente de su autoridad.</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p class="destacado pc-only">¿De dónde provienen las competencias que se negocian? Si un acuerdo pretende establecer una nueva relación política, el pueblo debe poder ejercerla. Entonces, un documento negociado de manera confidencial no puede constituir un acto constituyente.</p>
</blockquote>



<p class="destacado cel-only">Si un acuerdo pretende establecer una nueva relación política, el pueblo (cuya autoridad está en juego) debe poder ejercerla.</p>
</blockquote>



<p>Esta distinción resulta central para la negociación actual. El Acuerdo Marco de 2015 se refiere al principio de que, en una democracia, la soberanía reside en el pueblo y al intercambio de poderes soberanos, aunque su significado continúa siendo objeto de interpretaciones diferentes entre el Gobierno de India y la dirigencia del Consejo Nacional Socialista de Nagaland (NSCN), facción Isak-Muivah (NSCN-IM). La pregunta anterior es otra: ¿de dónde provienen las competencias que se están negociando? Si un acuerdo pretende establecer una nueva relación política, el pueblo (cuya autoridad está en juego) debe poder ejercerla. Entonces. un documento negociado de manera confidencial no puede, por sí mismo, constituir un acto constituyente.</p>



<p>La historia naga muestra la dificultad. El plebiscito de 1951 sobre la independencia de Nagaland expresó una decisión sobre el estatus político, pero no estableció instituciones ni confirió un mandato para diseñarlas. Por su parte, los acuerdos de 1960 y 1975 sobre el estatus político de Nagaland dentro de la India y, más tarde, la aceptación del marco constitucional indio fueron cuestionados en torno a la autoridad de quienes los suscribieron. En la actualidad, las competencias que se están negociando parten de negociadores cuyo mandato es negociar, no constituir. Después de décadas de negociación, el proceso naga corre el riesgo de resolver cómo funcionará el gobierno antes de resolver de dónde proviene su autoridad.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="460" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-1024x460.jpeg" alt="" class="wp-image-19640" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-1024x460.jpeg 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-300x135.jpeg 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-768x345.jpeg 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026.jpeg 1280w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>Multitud reunida para dar la bienvenida al líder del Consejo Nacional Socialista de Nagalim, Th. Muivah. <strong>Foto: </strong>Tennoson Pheiray</em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>La base material del autogobierno</strong></h3>



<p>La experiencia latinoamericana ofrece una segunda lección: el autogobierno no puede reducirse al título jurídico. Requiere control efectivo sobre el territorio y sus recursos. El caso zapatista en Chiapas muestra que la autonomía indígena puede sostenerse durante décadas sin reconocimiento estatal ni transferencias fiscales, cuando existe, de hecho, el control territorial y la capacidad organizativa. Los derechos reconocidos permiten defender ese control, pero no lo sustituyen.</p>



<p>La escala también importa. Una autonomía confinada a unidades demasiado pequeñas puede convertirse en administración municipal bajo otro nombre. En Bolivia, la escala municipal y el control estatal sobre el subsuelo limitan la capacidad de las autonomías indígenas para construir una base económica propia. Para el caso naga, esta cuestión resulta especialmente relevante por la fragmentación de las áreas naga entre distintas unidades administrativas. Una autonomía territorialmente viable podría sostener mejor las instituciones y recursos necesarios para el autogobierno.</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p class="destacado pc-only">La lección es que la propiedad del territorio, sin instituciones para controlarlo, es una propiedad vulnerable. Un acuerdo debería garantizar no solo la tierra y los recursos, sino también las competencias, ingresos e instituciones para controlarlos.</p>
</blockquote>



<p class="destacado cel-only">La lección es que la propiedad del territorio, sin instituciones para ejercer el control territorial, es una propiedad vulnerable.</p>
</blockquote>



<p>Pero la integración también plantea obligaciones frente a otros pueblos cuyos territorios quedarían comprendidos en esa configuración. Allí donde existan territorios o recursos compartidos, las condiciones de inclusión deben acordarse con los pueblos vecinos y con el Estado correspondiente. El caso de Changpang, en el territorio de los Lotha Naga dentro de Nagaland, muestra que la propiedad comunitaria no garantiza por sí sola el control de los recursos: la extracción de petróleo entre 1981 y 1994 dejó abierta una disputa sobre quién tenía autoridad para autorizar y controlar el subsuelo.</p>



<p>La lección es que la propiedad del territorio, sin instituciones para ejercer el control territorial, es una propiedad vulnerable. Un acuerdo duradero debería garantizar no solo la tierra y los recursos, sino también las competencias, ingresos e instituciones necesarias para controlarlos. La base material, sin embargo, tampoco democratiza por sí sola el autogobierno: los recursos pueden concentrar el poder dentro de un territorio. Por eso son necesarios, simultáneamente, recursos, instituciones y mecanismos de rendición de cuentas.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-4-B-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-19635" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-4-B-1024x683.jpg 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-4-B-300x200.jpg 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-4-B-768x512.jpg 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-4-B-1536x1024.jpg 1536w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-4-B.jpg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>La experiencia de Nagaland muestra que la propiedad comunitaria no garantiza por sí sola el control de los recursos. <strong>Foto: </strong><a href="https://www.flickr.com/photos/201931054@N04/54188049362/in/album-72177720322433449" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Alejandro Parellada / IWGIA</a></em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>La condición que ningún acuerdo puede garantizar</strong></h3>



<p>La experiencia de Bolivia y Ecuador muestra finalmente que ningún texto constitucional puede generar por sí mismo la capacidad política necesaria para sostener los derechos y garantías constitucionalizados. Las constituciones no cambiaron entre 2009 y 2026, pero sí cambiaron los gobiernos y las condiciones políticas en las que debían implementarse. Cuando las instituciones responsables de garantizar el reconocimiento se vuelven hostiles, las garantías constitucionales pueden debilitarse. Esto plantea una trampa: si el autogobierno debe esperar a que el Estado sea plenamente democrático para poder sostenerse, el propio Estado conserva un poder de veto sobre él.&nbsp;</p>



<p>Por eso, la respuesta no puede ser simplemente esperar una transformación externa. El autogobierno indígena es también una práctica democrática: supone que un orden político puede contener más de una fuente legítima de autoridad y mantenerse unido. Para ello se necesita una condición que no puede confundirse con unanimidad: la capacidad de un pueblo para actuar colectivamente en medio del desacuerdo. Un pueblo que solo puede actuar cuando no existen diferencias produce un sujeto silenciado, no un sujeto constituyente. En este sentido, las mujeres indígenas demuestran que la defensa de derechos puede desarrollarse dentro de la autonomía y no necesariamente contra ella.&nbsp;</p>



<p>Por otro lado, la experiencia boliviana ofrece una advertencia. Si bien el reconocimiento constitucional de los Pueblos Indígenas permanece vigente, la coalición política que lo impulsó se fracturó entre organizaciones campesinas andinas y organizaciones territoriales de las Tierras Bajas. La experiencia muestra que el reconocimiento constitucional no garantiza, por sí mismo, la existencia de una capacidad política capaz de sostenerlo y desarrollarlo. Para el proceso naga, esto sugiere que esa capacidad institucional debe construirse antes de un acuerdo con el Estado. Las aldeas naga mantienen una tradición de autogobierno, pero décadas de militarización, disrupción institucional y divisiones internas han dificultado su articulación en una estructura política, fiscal y administrativa de mayor escala.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="687" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-6-ED-1024x687.png" alt="" class="wp-image-19629" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-6-ED-1024x687.png 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-6-ED-300x201.png 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-6-ED-768x515.png 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-6-ED.png 1440w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>La lucha de las mujeres indígenas demuestran que la defensa de derechos puede desarrollarse dentro de la autonomía y no necesariamente contra ella.</em> <em><strong>Foto: </strong>Signe Leth / IWGIA</em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Reservar el poder constituyente</strong></h3>



<p>La primera propuesta que surge de esta comparación es reservar al pueblo la capacidad de volver a abrir los términos fundamentales de su relación con el Estado. Bolivia y Ecuador contemplan mecanismos para convocar nuevamente procesos constituyentes, pero la iniciativa y la ratificación se organizan a través del electorado nacional. Ninguna de las dos constituciones reserva esa iniciativa a cada pueblo constituyente en cuanto tal. Existe aquí una tensión interna del proyecto plurinacional: se reconocen múltiples pueblos como sujetos del orden constitucional, pero se mantiene un único pueblo electoral como autor del orden.</p>



<p>Una cláusula de reapertura podría establecer que cada pueblo tenga capacidad para activar un procedimiento respecto de los términos fundamentales de su relación con el Estado. No se trataría de reabrir permanentemente toda la Constitución, sino cuestiones como la distribución de autoridad, el ordenamiento territorial, la base material y el propio mecanismo de revisión. La activación podría producirse ante un incumplimiento sustancial, un cambio fundamental de las circunstancias o mediante revisiones periódicas. Esta última posibilidad es especialmente importante: convertiría la reconsideración en una posibilidad constitucional normal y no únicamente en una respuesta frente a una crisis.</p>



<p>El procedimiento debería combinar deliberación dentro del pueblo, decisión mediante sus propias instituciones, negociación con el Estado y ratificación por ambas partes. La iniciativa no sería unilateral, pero tampoco dependería de la autorización de la otra parte. Una cláusula de este tipo debería, además, establecer expresamente que no constituye un derecho de secesión, sino un mecanismo para renegociar los términos de una relación que continúa vigente.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="665" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7-1024x665.jpg" alt="" class="wp-image-19630" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7-1024x665.jpg 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7-300x195.jpg 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7-768x498.jpg 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7-1536x997.jpg 1536w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7.jpg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>Ecuador, al igual que Bolivia, contempla mecanismos para impulsar nuevos procesos constituyentes, aunque su iniciativa y ratificación dependen del electorado nacional.<strong>Foto:</strong> <a href="https://www.flickr.com/photos/201931054@N04/54188479511/in/album-72177720322433359" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Alejandro Parellada / IWGIA</a></em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Qué debería garantizar un acuerdo con el Estado indio</strong></h3>



<p>El derecho internacional ofrece algunos elementos para pensar esta arquitectura. Bolivia y Ecuador son Estados parte del Convenio 169 de la OIT, mientras India no lo ha ratificado. Más allá de las diferencias derivadas de ese instrumento, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas reconoce derechos sobre las tierras, territorios y recursos, y establece la necesidad del consentimiento libre, previo e informado para proyectos que afecten esos territorios. Para el caso naga, el punto importante es que la discusión no debería reducirse a consulta: la cuestión previa es quién tiene autoridad sobre el territorio y los recursos, y qué instituciones permiten ejercerla.</p>



<p>A partir de las experiencias comparadas, un acuerdo de autogobierno debería garantizar al menos diez elementos: reconocer el origen de la autoridad en el propio pueblo; ser adoptado por ese pueblo y no solamente por los negociadores; establecer un mecanismo para volver a revisarlo; garantizar tierra, subsuelo y recursos a una escala viable; impedir que las protecciones existentes sean reducidas; asegurar que las competencias no puedan ser vaciadas mediante legislación o interpretación; permitir que la forma de gobierno derive de las propias tradiciones; garantizar la rendición de cuentas ante los miembros del pueblo; crear mecanismos permanentes de relación con el Estado y con los pueblos vecinos; y desarrollar de manera continua la capacidad institucional necesaria para gobernar.</p>



<p>Este último punto es especialmente relevante. Un acuerdo puede garantizar autoridad, territorio, recursos y competencias, pero no puede conferir capacidad política. Esa capacidad debe construirse mediante instituciones capaces de administrar, recaudar, deliberar, resolver conflictos y reformular sus propias estructuras. Allí donde la autonomía ha funcionado de manera sostenida en América Latina, la práctica organizativa y de gobierno frecuentemente precedió a su reconocimiento jurídico. El marco legal consolidó capacidades que ya existían. Al mismo tiempo, los Estados han utilizado la falta de capacidad como argumento para retener competencias. Por eso, esperar a que el acuerdo genere esa capacidad puede reproducir el mismo problema que se intenta evitar.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7-1-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-19633" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7-1-1024x683.jpg 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7-1-300x200.jpg 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7-1-768x512.jpg 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7-1-1536x1024.jpg 1536w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/10/India-Octubre-2026-7-1.jpg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>India no ha ratificado elConvenio 169 de la OIT. <strong>Foto:</strong> <a href="https://www.flickr.com/photos/201931054@N04/54189379275/in/album-72177720322433449">Alejandro Parellada / IWGIA</a></em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>La lección latinoamericana</strong></h3>



<p>Las experiencias de Bolivia y Ecuador muestran que el reconocimiento constitucional puede transformar profundamente la relación entre los Pueblos Indígenas y el Estado, pero también que ese reconocimiento puede quedar limitado cuando la base material permanece bajo control estatal, cuando las instituciones propias no adquieren capacidad suficiente o cuando el pueblo que dio origen al proyecto deja de estar en condiciones de actuar colectivamente.</p>



<p>El proceso naga ofrece una situación diferente. Ha mantenido abierta durante décadas la reivindicación de una autoridad que no considera haberle transferido al Estado indio. Pero esa continuidad también tiene un costo: una negociación prolongada puede sustituir la participación política y concentrar la autoridad en quienes negocian, mientras las instituciones necesarias para ejercer el autogobierno a gran escala permanecen incompletas.</p>



<p>La lección latinoamericana, vista desde el pueblo Naga, no consiste en reproducir los modelos del Estado Plurinacional de Bolivia o la República de Ecuador. Consiste en aprender de sus logros y de sus límites: el reconocimiento debe ir acompañado de una base material efectiva, instituciones propias y una capacidad constituyente que no se agote en el momento de fundación. La pregunta que vincula estas experiencias no es cuánto autogobierno está dispuesto a conceder un Estado. Es otra: ¿quién constituye a quién y puede, una vez respondida esa pregunta, volver a plantearla?</p>



<p></p>
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		<item>
		<title>La lucha por la autodeterminación de los Pueblos Indígenas en Asia: una alternativa democrática frente al autoritarismo</title>
		<link>https://debatesindigenas.org/2025/07/01/la-lucha-por-la-autodeterminacion-de-los-pueblos-indigenas-en-asia-una-alternativa-democratica-frente-al-autoritarismo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gam A. Shimray]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 01 Jul 2025 05:15:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asia]]></category>
		<category><![CDATA[Autonomía]]></category>
		<category><![CDATA[autonomía]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://debatesindigenas.org/?p=15339</guid>

					<description><![CDATA[<p>Los Pueblos Indígenas de Asia se han movilizado por el autogobierno en medio de crisis políticas, movimientos democráticos y autoritarismo. Aunque tienen culturas e instituciones diversas, comparten la lucha por sus derechos, la resistencia a la violencia estatal y al desarrollo no sostenible. Apoyar su autodeterminación es fortalecer una democracia viva, basada en el consenso y enraizada en sus territorios.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>El movimiento por los derechos indígenas de Asia demanda una serie de reformas políticas, especialmente en Estados bajo regímenes autoritarios como Myanmar, Bangladesh, Nepal, Laos, Camboya, China y Vietnam. Mientras que países como Tailandia se presentan como democracias, pero no lo son en la práctica, otros como India y Filipinas muestran una creciente tendencia hacia el autoritarismo. De este modo, al desafiar el poder estatal arraigado, los Pueblos Indígenas se alinean con una lucha más amplia por la democracia y la justicia en Asia.</p>



<p>Los Pueblos Indígenas aspiran a ejercer su autogobierno y contar con una soberanía plena sobre sus tierras, territorios y recursos. Sin embargo, esta visión no puede realizarse de forma aislada. El panorama político de Asia (marcado por la represión militar, democracias frágiles y formas rígidas de gobierno centralizado) representa un obstáculo significativo para el autogobierno. Desde la junta militar de Myanmar hasta el estricto control de las comunidades indígenas en Laos, estos desafíos reflejan un patrón generalizado de dominio estatal y represión que ha fracasado en la construcción de instituciones democráticas.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="768" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/07/Asia-Julio-2025-Portada-1024x768.jpg" alt="" class="wp-image-15459" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/07/Asia-Julio-2025-Portada-1024x768.jpg 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/07/Asia-Julio-2025-Portada-300x225.jpg 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/07/Asia-Julio-2025-Portada-768x576.jpg 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/07/Asia-Julio-2025-Portada-1536x1152.jpg 1536w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2020/07/Asia-Julio-2025-Portada-2048x1536.jpg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>Los Pueblos Indígenas de Asia aspiran a ejercer su autogobierno en medio de un contexto de gobiernos autoritarios. <strong>Foto: </strong>Signe Leth</em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Restaurar el autogobierno</strong></h3>



<p>A nivel global, los Pueblos Indígenas han sido colonizados en todas partes. En algunas ocasiones fueron obligados a vivir en países creados y gobernados por descendientes de colonizadores. En otras ocasiones, como ocurre en Asia, fueron obligados a vivir en Estados formados tras la retirada colonial y, hasta hoy, son gobernados por élites de grupos étnicos nativos dominantes. Por ambos caminos, fueron sometidos a diversas formas de colonialismo interno: la discriminación, el despojo y la marginación, que culminaron en la pérdida del autogobierno.</p>



<p>Un patrón común es que muchas comunidades indígenas han sido reubicadas por la fuerza: sus tierras han sido expropiadas, sus bosques arrasados, sus montañas explotadas por la minería y sus valles sufrieron la construcción de represas y fueron inundados. Actualmente, a sus niñas y niños se les obliga a asistir a escuelas donde no se habla su lengua ni se enseñan sus conocimientos y valores. Además, son gobernados por autoridades sobre las que pueden ejercer poca participación o influencia.</p>



<blockquote class="wp-block-quote destacado pc-only is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
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<cite>La búsqueda del autogobierno en Asia requiere avanzar con los procesos democráticos. Los Estados deben replantear sus arquitecturas institucionales para reconocer, garantizar y proteger el derecho de los Pueblos Indígenas al autogobierno.</cite></blockquote>



<blockquote class="wp-block-quote destacado cel-only is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
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<cite>La búsqueda del autogobierno en Asia requiere avanzar con los procesos democráticos.</cite></blockquote>



<p>Por ello, la descolonización (incluida la descolonización mental) es un paso necesario para abrir espacio a la recuperación de las visiones tradicionales, los sistemas de valores, las cosmovisiones y las prácticas que sustentan el autogobierno indígena. Este proceso les permitirá a los Pueblos Indígenas reconstruir, recuperar y restaurar un orden social y político basado en el consenso y las instituciones libres.</p>



<p>La búsqueda del autogobierno en Asia requiere avanzar con los procesos democráticos. Los Estados deben replantear sus arquitecturas institucionales para reconocer, garantizar y proteger el derecho de los Pueblos Indígenas al autogobierno. Este derecho es central en sus luchas, ya que les permite desarrollarse individual y colectivamente de manera autodeterminada. Así, la visión y la misión de los Pueblos Indígenas siempre han estado profundamente arraigadas en el autogobierno.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="768" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-2-1024x768.jpeg" alt="" class="wp-image-15462" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-2-1024x768.jpeg 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-2-300x225.jpeg 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-2-768x576.jpeg 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-2-1536x1152.jpeg 1536w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-2.jpeg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>Los Pueblos Indígenas asiáticos han sufrido desplazamientos forzados, mientras que sus tierras han sido expropiadas, sus bosques arrasados y sus montañas explotadas por la minería. <strong>Foto: </strong>Signe Leth</em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Descolonización y democratización</strong></h3>



<p>En Asia, el movimiento indígena se basa fundamentalmente en la descolonización: cuestionar los sistemas históricos y actuales que suprimen el autogobierno y la autonomía de los Pueblos Indígenas. El autogobierno indígena es un derecho cultural que amplía el espacio democrático en contextos autoritarios. Históricamente, las estructuras de gobernanza indígena funcionaron como sistemas democráticos: toma de decisiones colectiva, liderazgo participativo y resolución de conflictos basada en el consenso. Sin embargo, los Estados coloniales y poscoloniales han socavado estas estructuras y las sustituyeron por gobiernos centrados en el control estatal.</p>



<p>En el noreste de India, el Sexto Anexo de la Constitución otorga una autonomía limitada a los Consejos de Distrito, pero la intromisión del Estado debilita su autoridad. Buscar el reconocimiento estatal de los sistemas de gobernanza indígena conlleva riesgos, ya que los gobiernos suelen intentar cooptar las instituciones indígenas integrándolas en sus estructuras y diluyendo así su autonomía. En consecuencia, los movimientos indígenas se enfocan en organizar a sus comunidades para recuperar el autogobierno como una forma de resistencia ante las estructuras represivas, al mismo tiempo que sus modelos de gobernanza reflejan sus cosmovisiones y prioridades.</p>



<blockquote class="wp-block-quote destacado pc-only is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
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<cite>La educación es un terreno clave en la lucha por la supervivencia cultural: académicos y activistas indígenas intentan descolonizar los contenidos curriculares, integrar epistemologías indígenas y empoderar a las nuevas generaciones con su herencia y tradiciones de gobernanza.</cite></blockquote>



<blockquote class="wp-block-quote destacado cel-only is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
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<cite>La educación es un terreno clave en la lucha por la supervivencia cultural. Académicos y activistas lideran iniciativas para descolonizar los contenidos curriculares.</cite></blockquote>



<p>Además, los sistemas educativos estatales y la historia oficial borran las identidades, lenguas y memorias indígenas. En países como Tailandia y Camboya, los idiomas ancestrales y sus relatos históricos son frecuentemente excluidos de los planes de estudio escolares, lo que refuerza la hegemonía de la cultura nacional. Como respuesta, los movimientos indígenas documentan la memoria oral, promueven la educación en lenguas indígenas y crean redes de intercambio de conocimientos liderados por ellos mismos. La educación es un terreno clave en la lucha por la supervivencia cultural: académicos y activistas indígenas lideran iniciativas para descolonizar los contenidos curriculares, integrar epistemologías indígenas y empoderar a las nuevas generaciones con conocimientos sobre su herencia y sus tradiciones de gobernanza.</p>



<p>Asimismo, muchos gobiernos presentan el autogobierno indígena como una amenaza separatista, como ocurre en Myanmar, Indonesia, India y Filipinas. Por eso, los movimientos indígenas desafían estas narrativas recurriendo a mecanismos de la Organización de Naciones Unidas para visibilizar que su forma de gobierno es un derecho democrático, y no una rebelión contra el Estado. La criminalización del activismo indígena, especialmente a través de leyes antiterroristas y respuestas militarizadas, refleja un patrón más amplio de represión estatal que se orienta a mantener el control centralizado. No obstante, las comunidades indígenas siguen resistiendo mediante la incidencia política, litigios legales y campañas de solidaridad.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="798" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-3-1024x798.jpeg" alt="" class="wp-image-15463" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-3-1024x798.jpeg 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-3-300x234.jpeg 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-3-768x599.jpeg 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-3.jpeg 1536w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>El movimiento indígena asiático cuestiona los sistemas que suprimen su autogobierno y su autonomía. <strong>Foto: </strong>Signe Leth</em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Fortalecimiento de la representación política</strong></h3>



<p>Los Pueblos Indígenas son marginados políticamente en Asia y enfrentan barreras sistémicas que limitan su participación. En consecuencia, los movimientos indígenas abordan esta desigualdad a través de la incidencia política, el desarrollo de liderazgos y la construcción de redes. Por esta razón, la participación en espacios internacionales de incidencia es clave para fortalecer el autogobierno indígena. Mecanismos como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (UNDRIP) y el Convenio 169 de la OIT ofrecen marcos para exigir el reconocimiento estatal de la soberanía indígena.&nbsp;</p>



<p>En muchos países, las y los candidatos indígenas han tenido históricamente dificultades para acceder a escaños legislativos o parlamentarios debido a las desventajas estructurales de los sistemas electorales. En países como Indonesia, Malasia, Filipinas, Tailandia, India y Nepal, diversas organizaciones indígenas colaboran con organismos de derechos humanos para impulsar reformas electorales que garanticen una representación justa. Además, organizaciones regionales como el Pacto de los Pueblos Indígenas de Asia (AIPP), mediante plataformas como la Comisión Intergubernamental de Derechos Humanos de la ASEAN (AICHR), visibilizan la exclusión política y exigen transformaciones estructurales.</p>



<blockquote class="wp-block-quote destacado pc-only is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
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<cite>Las organizaciones indígenas facilitan diálogos entre líderes indígenas, expertos jurídicos y responsables de políticas públicas, con el fin de diseñar estructuras de gobernanza que reconozcan la soberanía indígena sin comprometer la cohesión nacional.</cite></blockquote>



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<cite>Las organizaciones indígenas facilitan diálogos entre líderes indígenas, expertos jurídicos y responsables de políticas públicas.</cite></blockquote>



<p>También se adoptan métodos alternativos. En la India continental, se promueven modelos de autogobierno local como alternativas al poder estatal excesivamente centralizado. En Myanmar, los Pueblos Indígenas han abogado durante mucho tiempo por el federalismo como vía para resolver los conflictos étnicos y la dominación militar. Las organizaciones indígenas apoyan estos esfuerzos facilitando diálogos entre líderes indígenas, expertos jurídicos y responsables de políticas públicas, con el fin de diseñar estructuras de gobernanza que reconozcan la soberanía indígena sin comprometer la cohesión nacional.</p>



<p>En Nepal, los movimientos indígenas recurrieron al Convenio 169 de la OIT para impulsar el reconocimiento constitucional de sus derechos. De forma similar, en Malasia, grupos indígenas utilizaron la incidencia internacional para cuestionar políticas de despojo territorial. Un ejemplo destacado es la Ley de los Derechos de los Pueblos Indígenas (IPRA) de Filipinas, que, pese a sus limitaciones, ofrece una base legal para que los Pueblos Indígenas ejerzan control sobre sus territorios ancestrales. Estos casos muestran cómo los movimientos indígenas interactúan estratégicamente con instituciones internacionales para fortalecer sus reivindicaciones.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="768" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-4B-1024x768.jpeg" alt="" class="wp-image-15464" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-4B-1024x768.jpeg 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-4B-300x225.jpeg 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-4B-768x576.jpeg 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-4B-1536x1152.jpeg 1536w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-4B.jpeg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>Frente a la marginación política y las barreras sistémicas, los Pueblos Indígenas en Asia fortalecen su autogobierno mediante el liderazgo y la participación en espacios internacionales. <strong>Foto: </strong><em>Signe Leth</em></em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Defensa de la soberanía territorial</strong></h3>



<p>El despojo territorial no es sólo un problema indígena: es una herramienta de control autoritario utilizada para consolidar el poder estatal, marginar la disidencia e imponer modelos de desarrollo extractivistas. Los Pueblos Indígenas de toda Asia enfrentan el despojo masivo de sus tierras a través de la minería, el monocultivo, los proyectos hidroeléctricos, las políticas de conservación y la expansión militar. Estas invasiones vulneran sus derechos sobre la tierra y el territorio, al mismo tiempo que también debilitan sus sistemas tradicionales de gobernanza, su tejido social y sus relaciones espirituales con la tierra.</p>



<p>La negativa del Estado a reconocer la tenencia y gobernanza indígena genera una espiral de violencia que se vuelve sistémica. Por ejemplo, en Camboya y Laos, las comunidades indígenas suelen ser desplazadas en nombre de concesiones económicas de tierras y Zonas Económicas Especiales. En Malasia e Indonesia, se talan bosques ancestrales para establecer plantaciones de palma aceitera, ignorando la propiedad consuetudinaria. La conservación militarizada, es decir, la creación de áreas protegidas sin el consentimiento indígena, es otra estrategia empleada para socavar la soberanía territorial, especialmente en países como Nepal e India.</p>



<blockquote class="wp-block-quote destacado pc-only is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
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<cite>Las redes de solidaridad regional respaldan los esfuerzos comunitarios de defensa territorial. Estas acciones incluyen campañas contra el desarrollo militarizado, el intercambio de estrategias legales y visitas a las comunidades amenazadas.</cite></blockquote>



<blockquote class="wp-block-quote destacado cel-only is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
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<cite>Las redes de solidaridad regional respaldan los esfuerzos comunitarios de defensa territorial a través de estrategias legales y visitas a las comunidades amenazadas.</cite></blockquote>



<p>Los movimientos indígenas resisten las invasiones a sus territorios reivindicando la tenencia consuetudinaria, realizando mapeos comunitarios, presentando demandas legales y fortaleciendo sus sistemas tradicionales de gobernanza que garantizan el cuidado colectivo de la tierra. A través de estas estrategias, desafían los discursos estatales que describen sus territorios como “vacíos” o “infrautilizados”, y destacan cómo la gestión indígena ha sostenido la biodiversidad durante generaciones.</p>



<p>Por su parte, las redes de solidaridad regional respaldan los esfuerzos comunitarios de defensa territorial. Estas acciones incluyen campañas contra el desarrollo militarizado, el intercambio de estrategias legales y visitas a las comunidades amenazadas. Este enfoque colaborativo ayuda a fortalecer la resiliencia y a cambiar la mirada del “uso de la tierra” hacia la “gobernanza territorial”, donde los Pueblos Indígenas son reconocidos como legítimos guardianes de sus territorios.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="686" src="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-5B-1024x686.jpeg" alt="" class="wp-image-15465" srcset="https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-5B-1024x686.jpeg 1024w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-5B-300x201.jpeg 300w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-5B-768x514.jpeg 768w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-5B-1536x1029.jpeg 1536w, https://debatesindigenas.org/wp-content/uploads/2025/06/Asia-Julio-2025-5B.jpeg 1583w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>El despojo territorial es una estrategia autoritaria para consolidar el poder, silenciar la disidencia e imponer modelos extractivistas. <strong>Foto: </strong>Signe Leth</em></figcaption></figure>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Un futuro democrático arraigado en la autodeterminación indígena</strong></h3>



<p>Las comunidades indígenas autónomas fueron las primeras entidades autogobernadas antes de la formación de los Estados nación. Estas comunidades practicaban formas de autogobierno desarrolladas de manera orgánica y negociadas dentro de estructuras sólidas de organización comunitaria o aldeana. En estos sistemas de gobernanza consuetudinaria, la autoridad principal residía en la propia comunidad, incluyendo la propiedad y el control de sus tierras, territorios y recursos tradicionales. El objetivo principal del gobierno era garantizar el bienestar de los seres humanos y no humanos dentro de sus territorios.</p>



<p>En la actualidad, la autodeterminación indígena no es una amenaza para la soberanía estatal, sino una oportunidad para democratizarla. Al reconocer el derecho de los Pueblos Indígenas a autogobernarse y a cuidar sus territorios de acuerdo con sus valores, los Estados pueden superar los legados coloniales y el control autoritario. Los modelos indígenas de gobernanza ofrecen alternativas democráticas basadas en el consentimiento, la rendición de cuentas, el cuidado de los bienes comunes y la responsabilidad intergeneracional.</p>



<p>En un continente marcado por el retroceso democrático y la represión política, los Pueblos Indígenas de Asia están en la primera línea de una lucha por la justicia, la inclusión y la gobernanza participativa. Sus movimientos no son aislados: forman parte de una resistencia regional contra el autoritarismo, el desarrollo no sostenible y la invisibilización. Apoyar la autodeterminación indígena es apoyar la democracia misma, no sólo como un sistema electoral, sino como una práctica viva de toma de decisiones por consenso, pertenencia y cuidado, enraizada en la tierra y el territorio.</p>



<p><strong><strong>Parte de la opinión expresada en este artículo está tomada del Plan Estratégico 2025-2028 de AIPP, el cual se encuentra en proceso de elaboración por Christian Erni, Colin Nicolas, Gam A. Shimray y Ke Jung.</strong></strong></p>



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